1. Alcance
Esta política de privacidad se aplicará para el uso y
registro de todos los datos personales proporcionados por los ciudadanos a
través de las diferentes plataformas institucionales. Así como para los datos
recolectados por los funcionarios de la SENESCYT por medio de la
interoperabilidad de sistemas de consulta con otras instituciones.
De igual manera se determina que todos los funcionarios que realizan el
tratamiento de los datos personales, suscribirán un acuerdo de confidencialidad
de la información.
2. Datos que se recolectan
La SENESCYT recolectará la siguiente información:
· Número de identificación
· Nombres Apellidos
· Teléfono
· Correo electrónico
· Información relacionada con la educación e información profesional
3. Finalidad
La presente política tiene como finalidad instrumentar
el uso, registro y recopilación de los datos personales de los ciudadanos, los
mismos que pueden ser otorgados y/o recabados a través de las diferentes
plataformas institucionales para la gestión de requerimientos ciudadanos.
El uso, registro y recopilación de los datos personales, se realizará para lo
siguiente:
· Para proporcionar soporte u otros servicios. La SENESCYT puede usar su información personal para proporcionarle asistencia u otros servicios que haya solicitado. La SENESCYT también puede usar su información personal para responder directamente a sus solicitudes de información.
· Para proporcionar información basada en sus necesidades y responder a sus solicitudes. La SENESCYT puede usar su información personal para proporcionarle avisos de nuevos lanzamientos de productos y desarrollos de servicios.
· Para proporcionar foros en línea y redes sociales. Algunos servicios disponibles en los sitios web le permiten participar en discusiones interactivas, publicar comentarios, oportunidades u otro contenido en un tablón de anuncios o intercambio, o participar en actividades de redes.
· Para administrar servicios. La SENESCYT puede contactarlos para confirmar cierta información.
· Para evaluar el uso de los productos y servicios. La SENESCYT puede rastrear el uso de los servicios para determinar el nivel de utilización, y esas estadísticas son exclusivas para la institución.
· Para comunicarnos con usted acerca de una reunión, conferencia o evento organizado o copatrocinado por la SENESCYT o de una de nuestras instituciones adscritas. Esto puede incluir información sobre el contenido del evento, la logística del evento, las actualizaciones y la información relacionada con el evento.
4. Proceso para ejercer el derecho de acceso y rectificación
En ejercicio del derecho de rectificación los
ciudadanos podrán solicitar se rectifique o actualicen sus datos a través de
los diferentes canales informativos de atención ciudadana.
En referencia a la solicitud de rectificación de títulos o grados académicos
extranjeros se observará el procedimiento interno establecido.
5. Notificación cuando existan cambios en la política de privacidad
La SENESCYT se reserva el derecho de actualizar y/o
modificar esta política en cualquier momento por necesidad institucional en
concordancia con la normativa interna institucional y la normativa legal
vigente.
Cualquier actualización y/o modificación de esta Política será publicada
mediante un aviso en las diferentes plataformas institucionales a fin de
comunicar al ciudadano.
6. Medidas para precautelar la seguridad de los datos personales
La SENESCYT se compromete a tratar su Información
Personal de conformidad con los principios de consentimiento, calidad,
proporcionalidad, conservación, y seguridad determinados en el Acuerdo Ministerial
012-2019 de fecha 11 de junio del 2019, en lo que respecta al tratamiento de
datos personales a fin de precautelar el correcto uso de los mismos.
La SENESCYT se compromete a tomar las medidas necesarias para solventar
cualquier inconveniente y asegurar la confidencialidad, integridad y
confiabilidad de la información.
Además se informa que la SENESCYT utiliza protocolos HTTPS para brindar
seguridad en el uso de los diferentes canales digital así como la
implementación de controles utilizando el Esquema Gubernamental de Seguridad de
la Información – EGSI y buenas prácticas de desarrollo.
7. Base legal que sustenta el tratamiento de los datos
7.1. Constitución de la República del Ecuador:
“Art. 66.- Se reconoce y
garantizará a las personas:
(. . .) 19. El
derecho a la protección de datos de carácter
personal, que incluye el acceso
y la decisión sobre información
y datos de este
carácter, así como su correspondiente
protección. La recolección, archivo,
procesamiento, distribución o difusión de estos datos o
información requerirán la autorización del
titular o el mandato de la ley»
“Art. 92.- Toda persona,
por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá
derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos
genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma,
o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte
material o electrónico. Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de
ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de
vigencia del archivo o banco de datos.
Las personas responsables
de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información
archivada con autorización de su titular o de la ley.
La persona titular de los
datos podrá solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, así como
la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el
caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por
la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad
necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o
juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados”.
“Art. 226.- Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”.
“Art. 227.- La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación”.
“Art. 314.- El Estado será
responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de
riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad,
infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley.
El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los
principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia,
responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y
calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios
públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación”.
7.2. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Registro de Datos
Públicos:
“Art. 4.- Responsabilidad
de la información.- Las instituciones del sector público y privado y las
personas naturales que actualmente o en el futuro administren bases o registros
de datos públicos, son responsables de la integridad, protección y control de
los registros y bases de datos a su cargo. Dichas instituciones responderán por
la veracidad, autenticidad, custodia y debida conservación de los registros. La
responsabilidad sobre la veracidad y autenticidad de los datos registrados, es
exclusiva de la o el declarante cuando esta o este provee toda la información.
Las personas afectadas por información falsa o imprecisa, difundida o
certificada por registradoras o registradores, tendrán derecho a las
indemnizaciones correspondientes, previo el ejercicio de la respectiva acción
legal. La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos establecerá los
casos en los que deba rendirse caución”.
“Art. 6.- Accesibilidad y
confidencialidad.- Son confidenciales los datos de carácter personal, tales
como: ideología, afiliación política o sindical, etnia, estado de salud, orientación
sexual, religión, condición migratoria y los demás atinentes a la intimidad
personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra los
derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales.
El acceso a estos datos
sólo será posible con autorización expresa del titular de la información, por
mandato de la ley o por orden judicial.
También son confidenciales
los datos cuya reserva haya sido declarada por la autoridad competente, los que
estén amparados bajo sigilo bancario o bursátil, y los que pudieren afectar la
seguridad interna o externa del Estado.
La autoridad o funcionario
que por la naturaleza de sus funciones custodie datos de carácter personal,
deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger y garantizar
la reserva de la información que reposa en sus archivos.
Para acceder a la
información sobre el patrimonio de las personas el solicitante deberá
justificar y motivar su requerimiento, declarar el uso que hará de la misma y
consignar sus datos básicos de identidad, tales como: nombres y apellidos
completos, número del documento de identidad o ciudadanía, dirección
domiciliaria y los demás datos que mediante el respectivo reglamento se
determinen. Un uso distinto al declarado dará lugar a la determinación de
responsabilidades, sin perjuicio de las acciones legales que el/la titular de
la información pueda ejercer.
La Directora o Director
Nacional de Registro de Datos Públicos, definirá los demás datos que integrarán
el sistema nacional y el tipo de reserva y accesibilidad”.
7.3. Código Orgánico de Economía Social de los Conocimientos,
Creatividad e Innovación:
«Art. 141.-
Utilización Datos Personales o no Personales en
contenidos protegidos o no por Propiedad Intelectual. – Los
datos personales o no personales que se
encuentren formando parte de los contenidos protegidos o no
por propiedad intelectual disponibles en bases de datos o
repositorios y otras formas de almacenamiento de datos
pertenecientes a personas naturales o jurídicas,
sean de derecho público o privado, podrán ser
utilizados exclusivamente en los siguientes
casos:
a) Cuando se trate
de información clasificada como asequible;
b) Cuando
cuenten con la autorización expresa del titular de la
información;
e) Cuando estén
expresamente autorizados por la ley;
d) Cuando estén
autorizados por mandato judicial u otra orden de
autoridad con competencia para ello; y,
e) Cuando
lo requieran las instituciones de
derecho público para el ejercicio de sus
respectivas competencias o del objeto social para el que hayan sido
constituidas.
No podrán disponerse
de los datos personales o no personales so pretexto de los
derechos de autor existentes sobre la
forma de disposición de los
elementos protegidos en las
bases de datos.
La información
contenida en las bases de datos, repositorios y otras formas de
almacenamiento de datos personales o no
personales son de interés público; por consiguiente,
deberán ser usados con criterios equitativos,
proporcionales y en su uso y transferencia deberá
primar el bien común, el efectivo ejercicio
de derechos y la satisfacción de necesidades sociales. «
“Disposición
General Vigésima Sexta: Las entidades públicas y personas naturales
o jurídicas privadas que tengan bajo su poder documentos, datos genéticos,
bancos o archivos de datos personales e informes sobre personas o sobre sus
bienes, pondrán a disposición del público a través de un portal de información
o página web La siguiente información y recursos:
a) Los derechos que le
asisten respecto de la protección de sus datos personales, entre ellos el
derecho a conocer el uso que se haga de dicha información, su finalidad, el
origen y destino, y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos; y sus
derechos a solicitar la rectificación, eliminación o anulación de sus datos
personales;
b) Detalle de las
políticas y procedimientos institucionales para la protección de la privacidad
de datos personales; y
e) Servicio de trámite en
línea de las consultas y reclamos en materia de datos personales».
“Disposición
General Vigésima Séptima: Sin perjuicio de las excepciones
previstas en la ley, el tratamiento de datos personales que incluya acciones
tales como la recopilación, sistematización y almacenamiento de datos
personales, requerirá la autorización previa e informada del titular.
No se requerirá de la
autorización del titular cuando el tratamiento sea desarrollado por una
institución pública y tenga una finalidad estadística o científica; de
protección a la salud o seguridad; o sea realizado como parte de una política
pública de garantía de derechos constitucionalmente reconocidos. En este caso
deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los
Titulares. La DINARDAP podrá solicitar que los bancos de datos personales
en poder de una persona jurídica privada sean entregados a la misma
con la finalidad de cumplir el presente artículo».
7.4. Ley Orgánica de Educación Superior:
“Art. 182.- La Secretaría
Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, es el órgano
que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación
superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones
del Sistema de Educación Superior…”.
“Art. 183.- Será funciones
de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación.- Serán funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes: (…) e) Diseñar, implementar,
administrar y coordinar el Sistema Nacional de Información de la Educación
Superior del Ecuador, y el Sistema de Nivelación y Admisión.”
8. Términos y condiciones de uso
El uso de las plataformas institucionales, implica la
aceptación expresa de los presentes términos y condiciones de uso.
La SENESCYT dispone de diferentes plataformas institucionales a través de las
cuales se podrá solicitar cualquier dato personal a fin de gestionar los requerimientos
ciudadanos por lo cual la información otorgada y recolectada observara los
parámetros establecidos en el presente documento.
La SENESCYT se responsabiliza del tratamiento de los datos personales que
recabe en forma directa a través de las diferentes plataformas institucionales
por lo cual se deslinda de cualquier responsabilidad que pueda generar al
usuario por cualquier uso inadecuado o contrario a los fines de los canales
electrónicos de igual manera se señala que la SENESCYT no se hará responsable
por la veracidad o exactitud de la información entregad por terceros.
Son obligaciones del usuario
· No dañar. Inutilizar, modificar o deteriorar los canales electrónicos a los que está teniendo acceso, ni los contenidos incorporados y almacenados con éstos.
· No utilizar versiones de sistemas modificados con el fin de obtener accesos no autorizados a cualquier canal electrónico, contenido y/o servicio ofrecido a través de éstos.
· No interferir ni interrumpir el acceso, funcionalidad y utilización de canales electrónicos y redes conectados al mismo.