ESPECIALISTAS MÉDICOS DE HECHO
El Consejo de Educación Superior expidió la Resolución RPC-SO-OI-No.005-2015 para el reconocimiento académico del ejercicio profesional de los especialistas médicos de hecho, que establece que únicamente aquellos profesionales Médicos o Doctores en Medicina (tercer nivel) que no hubieren homologado su ejercicio profesional al amparo de la Ley de Federación Médica y sus Reglamentos, para efectos de homologación, podrán ser evaluados individualmente por una universidad o escuela politécnica de categoría A o B según el informe del CONEA del año 2009, que funcione legalmente en el Ecuador y cuya Facultad o Escuela de Ciencias Médicas oferte dentro de su programación académica el posgrado de la especialidad médica a homologar.
La Resolución RPC-SO-O1-No.005-2015 prorrogó el plazo de vigencia de la Resolución RPC-SO-016-No. 093-2012 hasta el 31 de marzo de 2015, en lo referente a la culminación de los trámites administrativos iniciados conforme a los plazos establecidos por el Consejo de Educación Superior y la SENESCYT inscribió en el SNIESE hasta el plazo establecido en esta normativa del CES.
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