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Cobro de aranceles en universidades particulares será regulado

Boletín de Prensa No. 147

Quito, 21 de mayo de 2014

CES analizará Proyecto de Reglamento enviado por Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. Su aprobación evitará incremento en cobros a estudiantes

“El 4% de la matrícula en las universidades particulares corresponde al 30% de la población más pobre, mientras que el 70% de la matrícula se concentra en el 30% más rico”, fue uno de los datos más impactantes que se evidenciaron durante la rueda de prensa ofrecida por el Secretario de  Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, René Ramírez Gallegos, en la que se anunció la entrega al Consejo de Educación Superior (CES) el Proyecto de Reglamento para regular el cobro de aranceles de las universidades y escuelas politécnicas particulares. Asimismo el Secretario señaló que el 87% del gasto en educación superior privada está concentrado en el 30% más rico, mientras que el 30% más pobre representa el 1% del gasto privado en educación superior.

Tomando en cuenta estas cifras, el Proyecto de Reglamento busca impedir los excesivos cobros de matrículas, aranceles  y derecho, para garantizar que las distinciones socio económicas no sean una barrera para que los más pobres accedan a la educación superior en instituciones particulares.

La educación superior es un bien público social, es decir, con independencia de si es particular o pública, por lo tanto, no responderá a intereses privados, no tendrá fines de lucro, no podrá erguirse como un ámbito de rentabilidad privada, como negocio o factor de elitización, manifestó René Ramírez.

A la vez que dio a conocer que el Sistema de Educación Superior Ecuatoriano es mayoritariamente público y que el 60% de los estudiantes se concentra en las universidades y escuelas politécnicas públicas, cifra que aumenta al 67% si se considera la matrícula que es financiada con recursos provenientes de Estado. El 40% restante se distribuye entre las instituciones particulares cofinanciadas (29%) y las particulares autofinanciadas (11%). Del total de universidades y escuelas politécnicas particulares, ocho reciben anualmente recursos y asignaciones directas por parte del Estado, cifra que representa en promedio el 23% del presupuesto, tal es así que el año 2014 las instituciones particulares cofinanciadas recibirán 90,81 millones de dólares.

En cuanto a los aranceles que cobran las universidades y escuelas politécnicas particulares a los estudiantes y sus familias, René Ramírez informó que en el año 2013 el arancel promedio se situó en USD 4 814 anuales,  cifra que representa el 89% del ingreso per cápita de las y los ecuatorianos. Por otra parte, en ausencia de un instrumento de regulación, si bien algunas universidades no han incrementado los aranceles que cobran a sus estudiantes, en otras se ha detectado “hasta un 150% de incremento”, indicó el Secretario de Estado, situación que hace temer un aumento en la tasa de deserción universitaria. A lo anterior se agrega, el establecimiento de cobros adicionales que incrementan el costo de las carreras entre un 10% y un 30%.

Es necesario destacar que el arancel promedio en Ecuador es uno de los más altos de los países si lo comparamos con México, Colombia, Argentina y Chile, este último ha sido reconocido como uno de los sistemas más costosos del mundo (OCDE).

De igual manera, recordemos que la Constitución de la República del Ecuador consagra a la educación como un derecho de las personas, un deber ineludible del Estado y establece que las IES, públicas o particulares, no tendrán fines de lucro. En ese contexto, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación considera pertinente solicitar la discusión de un Reglamento que prohíba el incremento excesivo en los aranceles que pagan los estudiantes y/o sus familias, con el propósito de garantizar el principio de igualdad e oportunidades, la prohibición del lucro, la permanencia y culminación de las carreras por parte de los estudiantes, entre otras.

Según René Ramírez, la aprobación de este Reglamento no superará los 15 días y una vez vigente establecerá que la matrícula y el arancel, general o diferenciado, podrá registrar un aumento máximo según el índice inflacionario anual publicado por el INEC. Asimismo, el proyecto, acatando la disposición constitucional respecto al libre acceso a la información, establece que tanto el CES como las universidades y escuelas politécnicas públicas deberán publicar en sus páginas web oficiales el valor del arancel fijado para su oferta académica antes del inicio de cada período académico. Además, si las instituciones superiores particulares que registran excedentes deberán reinvertir esos recursos en la misma universidad con el objetivo de mejorar su calidad.

 El cobro de elevados aranceles y matriculas a las familias y a los estudiantes, en las universidades y escuelas politécnicas particulares, no puede mermar la garantía del derecho a la educación superior. De este modo, con esta iniciativa la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación no claudica sus esfuerzos de crear mecanismos que garanticen la democratización y el acceso a la educación superior.

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